Lic. Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Director General de la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12 fracción II, 21, 22, 23 fracción II, 27 sexies, fracciones I y II, 30, 31, 32, fracción I, 122, 157, 158, 159, 160, 167, 168 y 169 de la Ley de la Agencia de Movilidad y Modalidades de Transporte Público para el Estado de Querétaro, 7, 14, 16 y 17 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro, 3, fracción I, 15, fracción II, 21 y 55 fracciones I, V y IX de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Querétaro, así como a lo establecido en los puntos 9 y 13 "PROGRAMA DE SUBSIDIO AL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO EN SU MODALIDAD DE COLECTIVO" Y SUS REGLAS DE OPERACIÓN", publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, "La Sombra de Arteaga", 31 (treinta y uno) de marzo del 2026 (dos mil veintiséis), y;
A las personas usuarias del servicio del transporte público en modalidad de colectivo con cobertura en el Estado de Querétaro, con sistema de recaudo que se ubiquen en los supuestos siguientes:
El presente Programa y Reglas de Operación tiene como objetivo apoyar con el otorgamiento de un subsidio que incentive económicamente a los prestadores del servicio de transporte público colectivo, siempre y cuando cuenten con los sistemas de recaudo y monitoreo de flota, para que regularicen sus operaciones y se promueva la prestación del servicio, con excepción del servicio de transporte colectivo que presten directamente los Municipios del Estado, brindando una tarifa de $2.00 (dos pesos 00/100 M.N.) en viajes regulares y $0.00 (cero pesos 00/100 M.N.) en los transbordos que realicen los usuarios de la tarifa con descuento inscritos en el presente Programa, cada vez que los usuarios realicen el pago de su tarifa a través del sistema de recaudo, así como una Tarifa Integrada con un costo de $86.00 (ochenta y seis pesos 00/100 M.N.), a fin de promover la movilidad de los usuarios, garantizando con ello el acceso equitativo y eficiente al transporte colectivo.
De manera indirecta (USUARIOS): Hasta 500,000 (quinientas mil) personas usuarias de la tarifa general del servicio de transporte público en su modalidad de colectivo con sistema de recaudo de la tarifa y monitoreo de flota.
Hasta 200,000 (doscientas mil) personas usuarias de la tarifa con descuento que establece el artículo 168 de la Ley de la Agencia de Movilidad y Modalidades de Transporte Público para el Estado de Querétaro, los cuales son los siguientes:
Hasta 35,300 (treinta y cinco mil trescientas) personas usuarias de la tarifa general, que brinden un servicio a la comunidad, que se ubiquen en alguna de las situaciones siguientes:
Se otorgará un subsidio a los prestadores del servicio de transporte público en su modalidad de colectivo como beneficiarios directos del Programa, siempre y cuando cumplan con los siguientes puntos:
1.-Den cumplimiento al Plan de Operación del Servicio notificado por la Agencia, conforme a los términos y porcentajes determinados por la Dirección Técnica de la Agencia;
2.-Otorguen un precio de $2.00 (dos pesos 00/100 M.N.) en viajes regulares y $0.00 (cero pesos 00/100 M.N.) en los transbordos que realicen los beneficiarios indirectos señalados en las fracciones II y III de la "Población Objetivo", cada vez que éstos paguen su tarifa a través del sistema de prepago con que cuenta el sistema de rutas integradas autorizado por la Agencia, y otorguen una Tarifa Integrada con un costo de $86.00 (ochenta y seis pesos 00/100 M.N.), misma que cubrirá la utilización del servicio de transporte público colectivo durante un periodo de 30 (treinta) días naturales, aplicable a los beneficiarios indirectos que se encuentren inscritos en el Padrón Único de Beneficiarios del Programa, siempre y cuando la recarga se realice a través del sistema de prepago autorizado y los viajes sean registrados en el sistema de recaudo y monitoreo de flota. Para este fin, la Agencia pagará al prestador del servicio el diferencial entre estos precios y la tarifa autorizada mediante el "Acuerdo por el que se determina y autoriza la tarifa aplicable al servicio de transporte público colectivo del Estado de Querétaro", publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro "La Sombra de Arteaga", el 21 (veintiuno) de diciembre de 2018 (dos mil dieciocho), y sus posteriores modificaciones. Esto aplicará exclusivamente cuando los usuarios registrados en el Padrón Único de Beneficiarios realicen el pago de su tarifa con su tarjeta de prepago, a través del sistema de recaudo autorizado por la Agencia para la prestación del servicio público de transporte en su modalidad de colectivo y será con los siguientes montos:
Para los usuarios de la tarifa con descuento, se otorgarán los montos siguientes:
a. $7.00 (siete pesos 00/00 M.N.) cada vez que un usuario de una tarifa con descuento pague un viaje regular; y
b. $4.50 (cuatro pesos 50/00 M.N.) cada vez que un usuario de una tarifa con descuento realice el pago del transbordo.
Para los usuarios de la tarifa general que señala el presente Programa, se otorgarán los montos siguientes:
a. $9.00 (nueve pesos 00/00 M.N.) cada vez que un usuario de una tarifa con descuento pague un viaje regular, y
b. $5.50 (cinco pesos 50/00 M.N.) cada vez que un usuario de una tarifa con descuento realice el pago del transbordo.
A fin de obtener los beneficios antes citados, la persona beneficiaria indirecta deberá estar registrada conforme a los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación y las Convocatorias que para tal efecto emita la Agencia.
La Dirección Técnica de la Agencia será la instancia facultada para ejecutar, registrar y documentar los eventos que comprometan o devenguen los recursos autorizados. Asimismo, deberá resguardar los expedientes físicos o digitales en las que se sustente la entrega del subsidio a los Beneficiarios Directos (concesionarios, permisionarios o prestadores de servicio de transporte público colectivo).
La Dirección Jurídica de la Agencia, será la instancia encargada únicamente relativo a la interpretación de los casos no previstos en el presente Programa, así como la expedición de normativa sobre el mismo.
La Dirección de Vinculación Ciudadana de la Agencia, deberá resguardar los expedientes físicos o digitales, de los beneficiarios, garantizando la confidencialidad y la protección de datos personales que sean recabados, mediante los mecanismos de seguridad física y digital necesarios, asimismo, en cumplimiento con las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública aplicables.
El Programa tendrá cobertura en los municipios del Estado que cuenten actualmente con un sistema de recaudo de tarifa, monitoreo de flota y cumplan con las reglas de operación aplicables. Asimismo, se considerará de manera gradual su implementación en otros municipios conforme se vayan adecuando a las disposiciones y objetivos establecidos en el Plan de Ampliación y Cobertura del Sistema de Transporte Público, en el marco del Programa Estatal de Transporte 2021-2027.
Es necesario priorizar la operación del Programa en aquellos municipios que dispongan de la infraestructura y condiciones operativas necesarias, promoviendo el fortalecimiento de la movilidad regional y garantizando el acceso al servicio de transporte público.
Para acceder a los beneficios de este Programa, los beneficiarios indirectos adicional a los requisitos de acceso que se enlistan a continuación, según sea el caso, deberán inscribirse conforme a esta convocatoria emitida por la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro, acreditando que se encuentran en alguno de los supuestos siguientes:
Para ser beneficiario indirecto del Programa, deberán cumplir con los siguientes requisitos de acceso:
Adicional a lo citado con anterioridad, el personal adscrito a la Cruz Roja Mexicana, Delegación Querétaro, deberá presentar un documento emitido por la entidad en hoja membretada que acredite que el solicitante se encuentra laborando actualmente, que contenga nombre completo, institución a la que pertenece con la firma y/o sello de la persona que cuente con las facultades legales para emitir el documento, el cual puede ser cualquiera de los siguientes:
Los solicitantes del personal de Seguridad y Protección Civil del Estado deberán estar adscritos a las dependencias u órganos que se mencionan en los siguientes puntos:
Los solicitantes deberán realizar su registro de solicitud, a través de las siguientes plataformas electrónicas:
La ubicación de los módulos será dada a conocer y podrán ser consultados por los solicitantes a través de las redes sociales oficiales y en el sitio web de la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro, a saber:
El periodo de registró de manera electrónica tanto en la aplicación, chatbot y en la plataforma web será a partir de las 00:01 horas del día 01 de abril de 2026 (dos mil veintiséis) y cerrará a las 23:59 horas del día 31 de diciembre del 2026 (dos mil veintiséis), o antes de esa fecha, en caso de alcanzarse el monto total de la suficiencia presupuestal autorizada para la operación de "EL PROGRAMA".
Para ser beneficiario del Programa, los prestadores del servicio deberán cumplir con los siguientes requisitos de acceso:
Adicional a lo citado con anterioridad, el personal adscrito a la Cruz Roja Mexicana, Delegación Querétaro, deberá presentar un documento emitido por la entidad en hoja membretada que acredite que el solicitante se encuentra laborando actualmente, que contenga nombre completo, institución a la que pertenece con la firma y/o sello de la persona que cuente con las facultades legales para emitir el documento, el cual puede ser cualquiera de los siguientes:
Los solicitantes del personal de Seguridad y Protección Civil del Estado deberán estar adscritos a las dependencias u órganos que se mencionan en los siguientes puntos:
"Se pone a disposición de las personas usuarias el teléfono y correo electrónico de Contraloría Social" 800 TE SIRVE 800 83 74783 contralorsocial@queretaro.gob.mx.
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa."
AGENCIA DE MOVILIDAD DEL ESTADO DE QUERÉTARO, con domicilio en Av. Constituyentes #20 Ote., Centro Histórico, Querétaro, Qro., C.P. 76000, y portal de internet: http://www.ameq.gob.mx/, es el responsable del uso, protección y tratamiento de sus datos personales que nos proporcione, con la finalidad de verificar la identidad y capacidad legal del usuario, en cualquiera de los trámites y/o servicios que presta la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro, así como realizar Registros o Actualizaciones en el Registro Público del Transporte, mismos que serán utilizados para efectuar los servicios citados, de esta manera para dar cumplimiento a las obligaciones de Transparencia; asimismo se informa que los datos recabados son transferidos a las dependencias y/o áreas solicitantes que se requiera, así como para atender requerimientos de autoridad competente debidamente fundados y motivados.
En caso de negativa para el tratamiento de sus datos personales requeridos para la finalidad y transferencia señalada, podrá presentar su solicitud para el ejercicio de derechos ARCO a través de la Plataforma Nacional de Transparencia o ante la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo.
Si desea conocer nuestro aviso de privacidad integral, podrá consultarlo en el portal de la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro http://www.ameq.gob.mx/ o a través de la Unidad de Transparencia la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro.
6. A partir del día 01 (primero) de julio de 2024 y hasta el día 31 (treinta y uno) de diciembre de 2024, la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro realizará los procesos para validar la información de los solicitantes del beneficio del Programa y determinará el Padrón Único de Beneficiarios. En caso de no llevar a cabo el procedimiento de inscripción en tiempo y forma en las fechas señaladas, las personas que resulten beneficiarias en esta convocatoria podrán recibir el descuento de la tarifa preferente hasta el término de la siguiente convocatoria que para tal efecto se emita.
La Tarifa Unidos es un programa que ofrece tarifas reducidas de transporte para diversos grupos de la población, incluyendo estudiantes, adultos mayores, personas con discapacidad, personal de salud, seguridad, educación, entre otros. Este programa busca hacer el transporte público más accesible para una amplia gama de usuarios en Querétaro.